AVESA, como Sociedad Científica de Salud Pública que promueve la veterinaria y garantizar el bienestar animal en todos sus ámbitos, considera de suma importancia el aturdimiento adecuado previo a su sacrificio como medida para mitigar el sufrimiento de los animales sacrificados.
Descarga el archivo completo con el posicionamiento de AVESA en relación con la sentencia del TEDH.
Descarga la sentencia del TEDH de 13 de febrero de 2024 (en francés).
Siendo un tema complejo que enfrenta desafíos legales, éticos y culturales. La sentencia del pasado martes 13 de febrero del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), ha avalado la prohibición del sacrificio ritual de animales sin aturdimiento previo por los ritos halal y kosher en las regiones de Flandes y Valonia, con el objeto de salvaguardar el bienestar animal. Lo que supone un elemento importante a tener en cuenta en el ámbito legislativo de la Unión Europea y de los propios Estados Miembros que la componen.
Los jueces del Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyen que “la protección del bienestar animal puede estar ligada a la noción de moral pública y que no hubo violación del artículo 9 (libertad de religión) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, ni violación del artículo 14 (prohibición de discriminación) en relación con el artículo 9”.
Explicitan igualmente que “las autoridades nacionales no han sobrepasado el margen de apreciación del que disponían y han tomado una medida justificada en principio y que puede ser considerada proporcionada por el fin buscado: la protección del bienestar animal en tanto que elemento de la moral pública”.
Pero los magistrados han tenido en cuenta, además de los razonamientos sobre la validez del bienestar animal como excepción a la protección de las libertades religiosas, el hecho de que tanto el parlamento Valón como el Flamenco previeron una “alternativa proporcionada” a la obligación de aturdimiento previo: las normativas indican que si los animales van a ser sacrificados por un ritual religioso que requiere métodos especiales, el proceso de aturdimiento puede ser “reversible”, es decir, sin causar la muerte del animal, lo que alinearía esta práctica con los preceptos religiosos que establecen que el animal debe estar consciente antes de su sacrificio.
El TEDH también ha desestimado el argumento de los demandantes que alegaban que la prohibición de sacrificar animales sin aturdimiento previo dificulta a las comunidades musulmanas y judías el acceso a la carne obtenida conforme a sus convicciones religiosas. En este sentido, señala que las normativas de las dos regiones federales no impiden que carne obtenida según los ritos religiosos pueda ser importada de otras regiones o países donde sí se permitan estas prácticas. En este punto cabría la reflexión de si debemos cuestionarnos las directrices legales generales que establece la UE para el conjunto de los EEMM.
El bienestar animal es una preocupación cada vez mayor para los consumidores españoles y europeos, que demandan no solo alimentos más sanos y seguros, sino también obtenidos mediante prácticas que aseguren una adecuada protección animal.
En este sentido AVESA considera y avala que estudios científicos aporten datos al respecto y celebra que, desde el ámbito jurisdiccional, en este caso el TEDH, haya normas legales que deben ser tenidas en cuenta a la hora de legislar en la Unión Europea en materia de bienestar animal. En este sentido podríamos preguntarnos hasta qué punto esta sentencia vincula a los EEMM que también somos miembros del Consejo de Europa, y por tanto sujetos a la jurisdicción del TEDH.
Entendemos que su importancia queda consagrada como valor comunitario sobre la protección y el bienestar de los animales desde el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Cabe recordar que el bienestar animal forma parte de la Estrategia de la Unión Europea “de la Granja a la Mesa”, cuyo objetivo es hacer más sostenibles las prácticas agrícolas y ganaderas de la Unión Europea a través de una política alimentaria integrada que comprenda la totalidad de la cadena de suministro.
En estos días que estamos viendo las demandas del sector agrícola, cabe recordar que la protección de los animales en el momento del sacrificio o la matanza es una cuestión de interés público, pues influye en la actitud de los consumidores frente a los productos agrícolas y ganaderos; y AVESA reconoce el bienestar animal como parte esencial de la estrategia de seguridad alimentaria en el marco de la UE.
Febrero de 2024.